Actividades Susceptibles de Degradar el Ambiente
Se consideran actividades y/o factores susceptibles de degradar el medio ambiente, cuando excedan los límites permisibles a establecerse en reglamentación expresa, los que a continuación se enumeran:
1. Los que contaminan el aire, las aguas en todos sus estados, el suelo y el subsuelo.
2. Los que producen alteraciones nocivas de las condiciones hidrológicas, edafológicas, geomorfológicas y climáticas.
3. Los que alteran el patrimonio cultural, el paisaje y los bienes colectivos o individuales, protegidos por Ley.
4. Los que alteran el patrimonio natural constituido por la diversidad biológica, genética y ecológica, sus interpelaciones y procesos.
5. Las acciones directas o indirectas que producen o pueden producir el deterioro ambiental en forma temporal o permanente, incidiendo sobre la salud de la población.
Es deber de todas las personas que desarrollen actividades susceptibles de degradar el medio ambiente, tomar las medidas preventivas correspondientes, informar a la autoridad competente y a los posibles afectados, con el fin de evitar daños a la salud de la población, el medio ambiente y los bienes.
- Las actividades que generen emisiones a la atmósfera, que son consideradas como fuentes fijas, de contaminación.
- Las actividades que generen afluentes líquidos residuales.
- Las actividades que generen desechos peligrosos o las que manejen estas sustancias.
- Las Empresas de distribución y venta de sustancias agotadoras de la capa de ozono.
- Las que realizan servicios a los sistemas y equipos de refrigeración.
Sin duda alguna, que estas son las principales actividades que en la actualidad todos los seres humanas ejercen sobre el entorno ambiental, causando su alteración y destrucción, al mismo tiempo originando los siguientes problemas ambientales del presente: